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BOLSA DE TRABAJO PARA ESTUDIANTES

marzo 19, 2020

El Ayuntamiento de Manilva, a través de las delegaciones de Formación, Fomento de Empleo y Juventud, áreas dirigidas por Marcos Ruiz y Daniel Muñoz, informan que el período para presentar las solicitudes para la bolsa de trabajo para estudiantes es de 20 días, que en esta situación de estado de alerta, se contabilizará a partir de volver a la normalidad administrativa.

El objeto de la presente convocatoria es la constitución de becas para personas desempleadas o cuyos estudiantes trabajen ½ jornada laboral o menos horas para poder pagar sus estudios, que hayan cursado estudios en Universidades públicas o concertadas durante el curso 2019-2020, mediante su incorporación temporal al Ayuntamiento de Manilva, para que presten servicio durante un mes en horario laboral, asignados a un tutor y en tareas relacionadas con los estudios que vienen cursando.

Considerando su carácter social y de fomento del acceso al mercado laboral por parte de la juventud, serán excluidos aquellos estudiantes que ya hubieran accedido a la beca en anteriores convocatorias.

Colectivo Participante:

1.- La convocatoria esta dirigida a personas desempleadas o en mejora de empleo, que hayan cursado estudios en Universidades públicas o concertadas durante el curso 2019-2020, residentes en Manilva, priorizando las situaciones de emergencia social.
2.- A efectos de esta convocatoria podrán ser incorporado las personas interesadas que cumplan los siguientes requisitos:
– La unidad familiar y el solicitante deberá residir en el municipio de Manilva (un año de empadronamiento mínimo).
– Ser Alumnos Universitarios matriculados en el curso 2019-2020 en Universidades públicas o concertadas, de forma presencial (con asistencia diaria a clases y residencia acreditada durante el curso en otro municipio).
– No podrá recibir remuneración por ningún otro trabajo desempeñado durante el tiempo que dure la contratación.
– Tendrán preferencia aquellos estudiantes en cuyas unidades familiares los ingresos no superen 3 veces el IPREM.

Requisitos:

1.- Podrán presentar la solicitud, todos aquellos participante que reúnan los siguientes requisitos:
a) Tener capacidad de obrar conforme a lo dispuesto en el Código Civil.
b) Ser mayor de dieciocho años.
c) Estar empadronado en Manilva ininterrumpidamente desde hace un año, contado a partir de la fecha publicación de la convocatoria.
d) Haber pagado la matricula universitaria.
e) Estar inscrito como demandante de empleo o mejora de empleo en el Servicio Andaluz de Empleo.
f) Acreditación documental de asistencia durante el curso, a través de contrato de alquiler o cualquier otro medio que confirme su residencia en otro municipio.
2.- Los requisitos deberán ser cumplidos por los participantes a la fecha de finalización de la presente convocatoria.
3.- El Ayuntamiento podrá realizar las comprobaciones o averiguaciones que considere oportunas para garantizar que los participantes cumplen con los requisitos exigidos en las bases.
4.- Finalizado el plazo de entrega de presentación de solicitudes, se publicará una Resolución en el tablón de anuncios con la documentación que debe ser subsanada en el plazo de diez días hábiles.

Presentación de Solicitudes, plazo de presentación y documentación a aportar:

1.- Las solicitudes de las personas participantes que se ajusten a los requisitos establecidos en esta convocatoria se presentarán en Sede Electrónica y cuando se vuelva a la normalidad, también por registro de entrada.
2.- El plazo de presentación de solicitudes finalizará treinta días después de decretarse la normalidad administrativa.
3.- Los solicitantes tendrán que cumplir los requisitos especificados y además deberán entregar la Solicitud debidamente cumplimentada en el Registro del Ayuntamiento de Manilva, junto con la siguiente documentación:
* Fotocopia D.N.I. solicitante.
* Número de la Seguridad Social.
* Matricula Universitaria del curso 2019-2020.
* Fotocopia y original de la Declaración de la Renta de la Unidad Familiar o Declaración Responsable de Ingresos. Y de todos aquellos miembros mayores de 18 años que estén reconocidos en el empadronamiento.
* Vida laboral.
* Fotocopia documento acreditativo del número de cuenta bancaria donde desea recibir la ayuda.
* Autorización de todos los miembros mayores de 18 años pertenecientes a la unidad familiar, para que la Administración pueda comprobar los datos de empadronamiento.
* La comisión de baremación podrá exigir la documentación que estime pertinente para asegurar el cumplimiento de los requisitos exigidos en las bases. Se puntuará con 0 puntos en aquellos apartados que no sean aclarados.
4.- La presentación de la solicitud de participación comportará la autorización del solicitante y de los miembros de la unidad familiar mayores de 18 años para que directamente el propio ayuntamiento solicite y obtenga información de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social, y padrón de todos los mayores de 18 años, así como cuanto documentos estime necesarios para comprobar los datos aportados por el propio solicitante.
5.- En cualquier caso, el Ayuntamiento se reserva la facultad de realizar las comprobaciones oportunas así como de solicitar a los participantes cualquier otra documentación que permita clarificar cualquier circunstancia determinante para su baremación.

Para cualquier información pueden llamar al teléfono 619736416 o bien hacer la consulta a través del correo electrónico: subvencion@ayto-manilva.com

Last modified: marzo 19, 2020

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